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"¿Por qué -se objeta- revelar a un hombre como yo mi
situación más intima y también mis culpas más secretas?". "¿Por
qué -se continúa objetando-no dirigirme directamente a Dios o a Cristo y
verme obligado, en cambio, a pasar por la mediación de un hombre para obtener
el perdón de mis pecados?" (Aloc. 3-III-84).
Dato esencial de fe
Como dato esencial de fe sobre el valor y la finalidad de la
Penitencia se debe reafirmar que Nuestro Salvador Jesucristo instituyó en su
Iglesia el Sacramento de la Penitencia, para que los fieles caídos en pecado
después del Bautismo recibieran la gracia y se reconciliaran con Dios.
Gracias al amor y misericordia de Dios, no hay pecado por
grande que sea que no pueda ser perdonado; no hay pecador que sea rechazado.
Toda persona que se arrepienta será recibida por Jesucristo con perdón y
amor inmenso (Aloc 29-lX-79).
Sobre la esencia del Sacramento ha quedado siempre sólida e
inmutable en la conciencia de la Iglesia la certeza de que, por voluntad de
Cristo, el perdón es ofrecido a cada uno por medio de la absolución
sacramental, dada por los ministros de la Penitencia.
"A quien perdonareis..."
Este poder de perdonar los pecados Jesús lo confiere,
mediante el Espíritu Santo a simples hombres, sujetos ellos mismos a la
insidia del pecado: "Recibid el Espíritu Santo a quien perdonareis los
pecados, les serán perdonados; a quienes se los retuviereis, les serán
retenidos" (Jn 20, 22). Es ésta una de las novedades evangélicas más
notables.
Aquí se revela en toda su grandeza la figura del ministro
del Sacramento de la Penitencia, llamado; por costumbre antiquísima, el
confesor. Como en el altar donde celebra la Eucaristía y como en cada uno de
los Sacramentos, el Sacerdote, ministro de la Penitencia, actúa "in
persona Christi".
Confesamos nuestros pecados a Dios mismo, aunque en el
confesonario los escucha el hombre-sacerdote (Hom. 16-III-80).
Por otra parte los miembros del Pueblo de Dios, con instinto
sobrenatural, saben reconocer en sus sacerdotes a Cristo mismo, que los recibe
y perdona, y agradecen de corazón la capacidad de acogida, la palabra de luz
y consuelo con que acompañan la absolución de sus pecados (Aloc. 30-XI 83).
¡Qué tesoro de gracia, de vida verdadera e irradiación
espiritual no tendría la Iglesia si cada Sacerdote se mostrase solícito en
no faltar nunca, por negligencia o pretextos varios, a la cita con los fieles
en el confesonario!
Otros trabajos pueden ser pospuestos e incluso abandonados,
por falta de tiempo; pero no asi el trabajo de la confesión (Discurso,
20-IV-79).
Algunas convicciones fundamentales
Es el camino ordinario
Insidia al Sacramento de la Confesión la mentalidad, a veces
difundida, de que se puede obtener el perdón directamente de Dios incluso de
modo ordinario, sin acercarse al Sacramento de la reconciliación.
La primera convicción es que, para un cristiano, el
Sacramento de la Penitencia es el camino ordinario para obtener el perdón y
la remisión de sus pecados graves cometidos después del Bautismo. (...)
Sería pues insensato, además de presuntuoso, querer
prescindir arbitrariamente de los instrumentos de gracia y de salvación que
el Señor ha dispuesto y, en su caso especifico, pretender recibir el perdón
prescindiendo del Sacramento instituido por Cristo precisamente para el
perdón.
Función del Sacramento
La segunda convicción se refiere a la función del
Sacramento de la Penitencia para quien acude a él. Éste es, según la
concepción tradicional más antigua, una especie de acto judicial; pero dicho
acto se desarrolla ante un tribunal de misericordia, más que de estrecha y
rigurosa justicia.
Pero reflexionando sobre la función de este Sacramento, la
conciencia de la Iglesia descubre en él, además del carácter de juicio en
el sentido indicado, un carácter terapéutico o medicinal (...): "Yo
quiero curar, no acusar", decía San Agustín refiriéndose a la
práctica de la pastoral penitencial, y es gracias a la medicina de la
confesión que la experiencia del pecado no degenera en desesperación.
Partes que lo componen
La tercera convicción, que quiero acentuar, se refiere a las
realidades o partes que componen el signo sacramental del perdón y de la
reconciliación. Algunas de estas realidades son actos del penitente, de
diversa importancia, pero indispensable cada uno o para la validez e
integridad del signo, o para que éste sea fructuoso.
Examen de conciencia
Una condición indispensable es, ante todo, la rectitud y la
trasparencia de la conciencia del penitente. El acto llamado examen de
conciencia debe ser siempre no una ansiosa introspección psicológica, sino
la confrontación sincera y serena con la ley moral interior, con las normas
evangélicas propuestas por la Iglesia, con el mismo Cristo Jesús, que es
para nosotros maestro y modelo de vida.
Aprended a llamar blanco a lo blanco, y negro a lo negro; mal
al mal, y bien al bien. Aprended a llamar pecado al pecado, y no lo llaméis
liberación y progreso, aun cuando toda la moda y la propaganda fuesen
contrarias a ello (Hom. 26-111-81).
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Dolor y propósito
Pero el acto esencial de la penitencia por parte del
penitente, es la contricción, o sea un rechazo claro y decidido del pecado
cometido, junto con el propósito de no volver ~ cometerlo, por el amor que se
tiene a Dios y que renace con el arrepentimiento. (...) De esta contrición
depende la verdad de la penitencia.
En realidad, la negligencia para solicitar el perdón,
incluso la negativa de convertirse, es lo propio del pecador, hoy como ayer (Aloc.
15-VIII-83).
La necesidad de la Confesión quizá lucha en lo vivo del
alma con la vergüenza; pero cuando el arrepentimiento es verdadero y
auténtico, la necesidad vence a la vergüenza (Hom. 16-III-80).
Acusación de los pecados
Acusar los pecados propios es exigido ante todo por la
necesidad de que el pecador sea conocido por aquél que en el Sacramento
ejerce el papel de juez -el cual debe valorar tanto la gravedad de los
pecados, como el arrepentimiento del penitente- y a la vez hace el papel de
médico, que debe conocer el estado del enfermo para ayudarlo y curarlo. (...)
La acusación de los pecados es también el gesto del hijo pródigo que vuelve
al padre y es acogido por él con el beso de la paz; gesto de lealtad y de
valentía; gesto de entrega de si mismo, por encima del pecado, a la
misericordia que perdona.
Tened presente que todavía está vigente y lo estará por
siempre en la Iglesia la necesidad de la Confesión integra de los pecados
mortales (Discurso, 80-l-81).
Porque, si el pecado y la culpa no fuesen reconocidos por lo
que son a los ojos de Dios, entonces se pondría en peligro lo que hay de más
humano en el propio hombre "¿Has pecado? -nos pregunta San Juan
Crisóstomo- ¡confiesa entonces a Dios! Denuncia tu pecado, si quieres que te
sea perdonado. No hay que cansarse para hacer esto, no se necesitan giros de
palabras, ni debe gastarse dinero: nada de eso. Es preciso reconocer de buena
fe los propios pecados y decir: He pecado " (Homilía sobre la
penitencia, 2, 1) (Aloc. 30-X-82).
El momento del perdón
Otro momento esencial del Sacramento de la Penitencia compete
ahora al confesor juez y médico, imagen de Dios Padre que acoge y perdona a
aquél que vuelve: es la absolución.
La fórmula sacramental: "Yo te absuelvo...", y la
imposición de la mano y la señal de-la cruz, trazada sobre el penitente,
manifiestan que en aquel momento el pecador contrito y convertido entra en
contacto con el poder y la misericordia de Dios. Es el momento en el que, en
respuesta al penitente, la Santísima Trinidad se hace presente para borrar su
pecado y devolverle la inocencia, y la fuerza salvífica de la Pasión, Muerte
y Resurrección de Jesús es comunicada al mismo penitente. ( ) Solamente la
fe puede asegurar que en aquel momento todo pecado es perdonado y borrado por
la misteriosa intervención del Salvador.
Cumplir la penitencia
La satisfacción es el acto final, que corona el signo
sacramental de la Penitencia. En algunos Países lo que el penitente perdonado
y absuelto acepta cumplir, después de haber. recibido la absolución, se
llama precisamente penitencia.
La penitencia tiene por misión conseguir la remisión de las
penas temporales que, después de la remisión de los pecados, quedan aún por
expiar en la vida presente o en la futura (Aloc. 22-III-83).
Otras convicciones
Algunos frutos del perdón
Hay que subrayar que el fruto más precioso del perdón
obtenido en el Sacramento de la Penitencia consiste en la reconciliación con
Dios, la cual tiene lugar en la intimidad del corazón del hijo pródigo, que
es cada penitente. Pero hay que añadir que tal reconciliación (...) repara
las rupturas causadas por el pecado: el penitente perdonado se reconcilia
consigo mismo en et fondo más íntimo de su propio ser, en el que recupera la
propia verdad interior se reconcilia con los hermanos, agredidos y lesionados
por él de algún modo; se reconcilia con la Iglesia; se reconcilia con toda
la creación.
Cristo nos cura precisamente allí donde estamos enfermos de
ese mal contagioso que crea el desequilibrio en el mundo entero: el egoísmo,
la envidia, la voluntad de dominio... (Aloc 30-X-82).
Y cuantos se acercan al confesonario, a veces después de
muchos años y con el peso de pecados graves, en et momento de alejarse de
él, encuentran el alivio deseado encuentran la alegría y la serenidad de la
conciencia que fuera de la confesión no podrán encontrar en otra parte (Hom
16-III-80).
Eucaristía y Confesión
Hay serias razones para extrañarse y abrigar algún temor,
cuando en ciertas regiones se ve a tantos fieles recibir la Eucaristía siendo
así que muy pocos se han acercado al sacramento de la reconciliación (Aloc
1-IV-82).
Pero queda en pie la advertencia de San Pablo: "El que
come y bebe sin discernir el Cuerpo del Señor, come y bebe su propia
condenación" (l Cor 11, 29). "Discernir el Cuerpo del Señor"
significa, para la doctrina de la Iglesia, predisponerse a recibir la
Eucaristía con una pureza de espíritu que, en el caso de pecado grave, exige
la previa recepción del sacramento de la Penitencia (Aloc. 18-IV-84).
A quien desea comulgar debe recordársele el precepto:
Examínese pues, el hombre a sí mismo (I Cor 11, 28). Y la costumbre de la
Iglesia muestra que tal prueba es necesaria, para que nadie, consciente de
estar en pecado mortal, aunque se considere arrepentido, se acerque a la santa
Eucaristía sin hacer previamente la confesión sacramental.
Sed coherentes
Manteneos coherentes con el mensaje y la amistad con Jesús;
vivid en gracia, permaneced en su amor, poniendo en práctica toda la ley
moral, alimentando vuestra alma con el Cuerpo de Cristo recibiendo periódica
y seriamente el sacramento de la Penitencia (Mensaje, 30-VIII-80).
El único modo ordinario de confesarse
La confesión individual e integra de los pecados con la
absolución igualmente individual constituye el único modo ordinario, con el
que el fiel, consciente de pecado grave, es reconciliado con Dios y con la
Iglesia. De esta ratificación de la enseñanza de la Iglesia, resulta
claramente que cada pecado grave debe ser siempre declarado, con sus
circunstancias determinantes, en una confesión, individual.
En cambio, la reconciliación de varios penitentes con
confesión y absolución general reviste carácter de excepción y por tanto
no queda a la libre elección. (...) Ésta no puede convertirse en forma
ordinaria y no puede ni debe usarse si no es "en casos de grave
necesidad", quedando firme la obligación de confesar individualmente los
pecados graves antes de recurrir de nuevo a otra absolución general. (...)
Esta posterior confesión integra e individual de los pecados, debe hacerse lo
antes posible.
Confesor fijo
Es necesario comprender la importancia de tener un confesor
fijo a quien recurrir habitualmente: él, llegando a ser así también
director espiritual, sabrá indicar a cada uno el camino a seguir para
responder generosamente a la llamada a la santidad (Aloc. 4-XII-81).
María, "aliada de Dios"
Os invito a dirigiros conmigo al Corazón Inmaculado de
María, Madre de Jesús, en la que se realizó la reconciliación de Dios con
la humanidad. (...) Verdaderamente Maria se ha convertido en la "aliada
de Dios" en virtud de su maternidad divina, en la obra de la
reconciliación.
Esperanza nuestra, míranos con compasión, enséñanos a ir
continuamente a Jesús y, si caemos, ayúdanos a levantarnos, a volver a Él,
mediante la confesión de nuestras culpas y pecados en el sacramento de la
Penitencia, que trae sosiego al alma (Oración a la virgen de Guadalupe, enero
de 1979).
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